Contamos con abogados especializados y con una amplia experiencia en asesoramiento y tramitación de herencias, testamentos y sucesiones que podrán aconsejarte tanto en el momento de redactar tu testamento como en el momento de recibir bienes en herencia.
Testamentos y herencias
- Asesoramiento en la redacción de testamento adecuado a la voluntad e interés del testador.
- Modificación de testamentos ante notario.
- Designación de cargos de albacea y contador partidor.
En la mayoría del Estado rige el Código Civil, y en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco, desde el 3 de Octubre de 2015, la ley 5/2015, de 25 de junio, de Derecho Civil Vasco. En Navarra rige la Compilación de Derecho Civil de Navarra
- Notarial: el más frecuente y más sencillo.
- Hilburuko: un testamento rápido que, sin necesidad de notario, se realiza ante 3 testigos. Se realiza en caso de peligro de muerte y tiene un plazo de validez de 2 meses.
- Por comisario: válido únicamente en el País Vasco, es un testamento delegado en el que se cede a otra persona que haga el testamento en un momento futuro.
- Mancomunado: ante notario, dos personas distribuyen sus bienes de cierta manera.
Bastaría con ser mayor de edad y estar en posesión de la plenitud de facultades mentales. Cumplidos estos requisitos la voluntad de testar es personalísima y no cabe injerencias de nadie en la misma, debiendo someterse exclusivamente a los dictados de la ley que sean de aplicación al testador.
En el caso de fallecimiento sin testamento, la legislación prevé cómo se van a distribuir esos bienes, partiendo siempre del grado de parentesco más cercano. En estos casos, es necesario hacer previamente una declaración de herederos
Pactos sucesorios
La Ley de Derecho Civil Vasco de 2015 introdujo en el País Vasco un gran cambio en el ámbito, fundamentalmente, del derecho de sucesiones. La citada Ley contempla nuevas formas de testar, introduciendo novedades entre las que se encuentra el denominado “pacto sucesorio” que nos facilita un amplio abanico de posibilidades para optimizar la transmisión del patrimonio. Dicha transmisión, es posible realizarla incluso antes de producido el fallecimiento del testador (y, desde luego, post mortem) pero respetando todas las garantías que se hagan necesarias para su pervivencia a lo largo de los años.
Algunas de sus aplicaciones prácticas resultan sumamente aconsejables para, por ejemplo: ordenar la transmisión con éxito de empresas familiares a las siguientes generaciones, transmitir por herencia o donación la totalidad del patrimonio a uno cualquiera de sus hijos o descendientes, apartando a los demás, etcétera.
Aunque más allá de estos ejemplos, igualmente el pacto sucesorio constituye un instrumento recomendable e idóneo para otros muchos supuestos en los que nosotros podemos ayudarte a analizar si se adecúa a tus necesidades.
Con la base de nuestro conocimiento y tras unos años de andadura de la Ley de Derecho Civil Vasco, una vez realizadas las primeras interpretaciones prácticas de la Norma, queremos aconsejar desde la calma, la correcta previsión, la optimización de los recursos existentes (incluyendo los fiscales), preservando el patrimonio y, sobre todo, respetando en todo caso la voluntad de nuestro cliente.